lunes, 29 de abril de 2013

MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA

Los trabajadores que desempeñan funciones en el sector de la atención sanitaria deben enfrentarse con una amplia variedad de actividades y entornos, que suponen una amenaza para su salud y un riesgo de enfermedad o accidente laboral. La presente sección ofrece informacióndetallada sobre tales riesgos, así como métodos eficaces para su evaluación, eliminación o reducción.

Entre los riesgos que tienen que afrontar los trabajadores sanitarios se incluyen los siguientes:
  • Riesgos biológicos, como infecciones provocadas por heridas de aguja.
  • Riesgos químicos, como por ejemplo fármacos utilizados para el tratamiento del cáncer, o productos desinfectantes.
  • Riesgos físicos, como la radiación ionizante.
  • Riesgos ergonómicos, por ejemplo en el manejo de pacientes.
  • Riesgos psicosociales, que incluyen la violencia y el trabajo en turnos.
Esta sección ofrece, entre otras cosas, estudios de casos, ejemplos de buenas prácticas y listas de comprobación que deberán ayudar a los responsables de salud y seguridad en el puesto de trabajo a evaluar los posibles riesgos y a supervisar las medidas deseguridad.

LEY GENERAL DE SALUD


Normas Oficiales Mexicanas


En México existen más de 29 mandamientos legales que norman y regulan la salud y la protección al ambiente en materia de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI), dentro de las que destacan: 

DERECHO LABORAL DE LA MUJER


Solidaridad Obrera 355: Jurídica
La mujer nunca puede ser despedida como consecuencia de embarazo o maternidad.
Avisando previamente, se tiene derecho a ausentarse del trabajo para las pruebas médicas y la preparación del parto, y este tiempo de ausencia, le será igualmente remunerado.
Si el trabajo que se desempeña conlleva un riesgo para el embarazo o durante el embarazo o lactancia, el empresario debe dar otro tipo de trabajo que no presente riesgos para la mujer. Se tendrá derecho a no trabajar en turno de noche y a no cargar ningún tipo de peso.
La baja por maternidad es de 16 semanas después del parto, siempre con retribución y con el puesto de trabajo salvaguardado. Si es un parto múltiple se amplía en 2 semanas por cada hijo a partir del segundo. Si los dos trabajan, el padre también podrá coger parte de la baja, simultánea o sucesivamente, pero entre los dos deben sumar las 16 semanas y las 6 semanas inmediatas al parto serán exclusivas de la madre.
En caso de adopción de niños menores de 6 años, se dispondrá también de 16 semanas, ampliables si la adopción es múltiple. Si el niño es mayor, procede del extranjero o tiene una minusvalía de algún tipo, los servicios sociales estudiarán el caso para determinar el tiempo necesario.
Las/os Trabajadoras/es pueden ausentarse una hora del trabajo por la lactancia de un hijo menor de 9 meses, o reducir la jornada laboral en el mismo tiempo. Sólo dispondrán de este derecho una/o de los dos, salvo que la reducción sea de media hora para compartir el permiso entre las/los dos.
Se conceden dos días para cuidar de familiares enfermos a su cargo, cuatro si se necesita desplazamiento. A los padres se les concede dos días por nacimiento de hijo.

RESPONSABILIDAD Y TIPOS DE RESPONSABILIDAD


La responsabilidad se considera como un bien para restablecer el equilibrio roto. La idea de responsabilidad implica la necesidad de reparación.

Se pueden establecer cuatro sentidos de responsabilidad:
  1. Responsabilidad como obligaciones o unciones derivadas de un cierto cargo, papel, relación, etc. (ej.- el padre es responsable de los hijos).
  2. Responsabilidad en el sentido de factor casual, indicando que algún acto o fenómeno es consecuencia de algún efecto.
  3. Responsabilidad como capacidad y como estado mental.
  4. Responsabilidad como punible o moralmente reprochable, en el sentido de que el agente es acreedor de una pena o reproche moral.

OBLIGACIÓN Y TIPOS DE OBLIGACION


Parte del ordenamiento jurídico dedicado a regular la
estructura jurídica del intercambio de bienes y
servicios, esto es, las relaciones jurídico-económicas
de las personas

  • Las obligaciones de dar, cuando se transmiten derechos reales, o de uso o tenencia, que puede ser sobre cosas ciertas, que incluye sus accesorios, de cosas inciertas no fungibles, cuya elección corresponde al deudor, salvo acuerdo en contrario
  • Las obligaciones de hacer, que importan la prestación de un servicio o la realización de una obra, en el tiempo y modo convenido.
  • Las obligaciones alternativas, donde el deudor, si no se hubiese convenido que la elección fuere a cargo del acreedor, puede escoger entre dos o más objetos prestacionales. 
  • Las facultativas, tienen una obligación principal y otra accesoria. La diferencia con las alternativas es que perdida la prestación principal, sin culpa del deudor, éste queda desobligado de cumplir la prestación facultativa. 



lunes, 18 de marzo de 2013

PROCEDIMIENTO PENAL


La Observación. En esta primera etapa se utilizan los cinco 
sentidos, a fin de obtener información indiciaria que sea útil 
para buscar la razón de lo que se pretende discutir.
La acción de la observación se puede considerar como una 
información sistemática y dirigida hacia un objetivo firme y
definido siendo apoyada por instrumental científico.
2. Planteamiento del Problema. Se circunscribe a interrogantes 
establecidos de los hechos fenómenos o cosas observadas. El 
investigador del delito en su desempeño por reconocer lo que 
observa, se formula varias preguntas encaminadas a plantear 
objetivamente el problema.
Esas preguntas el profesor Dr. Hand Gross las denomino El 
catecismo de la criminalistica y son las siguientes:
¿QUE SUCEDIÓ? , ¿QUIÉN LO COMETIO? , ¿CUANDO SE 
COMETIO?, ¿DÓNDE SE COMETIÓ?, ¿COMO SE
COMETIO?, ¿CON QUE SE COMETIO?, ¿POR QUÉ SE
COMETIO?.
A ello debemos agregar, que se deben hacer estas preguntas en el escenario 
del delito para tener una apreciación reconstructiva de lo que probablemente 
pudo haber ocurrido.

Formulación de hipótesis. Las respuestas a las siete preguntas 
del planteamiento del problema es una explicación condicional 
que trata de predecir el desarrollo del hecho ocurrido. Cada 
pregunta del planteamiento del problema puede tener varias 
respuestas que son las hipótesis y estas respuestas son
simplemente probables porque tendrán que ser sometidas a 
una profunda investigación de carácter científico.
4. Experimentación. Es el medio de reproducir o provocar 
deliberadamente los hechos o fenómenos cuantas veces sea 
necesario, a fin de observarlos, comprenderlos y coordinarlos 
con las experiencias y con las hipótesis establecidas.
5. La teoría. Es el resultado final de la investigación del delito. 
Para llegar a esta etapa es porque se han realizado los
cuatros anteriores; en esta etapa recién se puede afirmar que 
probablemente ocurrió tal o cual cosa respecto de la
investigación del delito que se realizo.

TIPOS DE PENAS


EN FUNCIÓN DEL BIEN JURÍDICO AFECTADO:

- Penas privativas de libertad art. 35 CP

- Prisión

- Localización permanente
EN FUNCIÓN DE SU NATURALEZA Y DURACIÓN 

- Penas graves

- Penas menos graves

- penas leves
EN FUNCIÓN DEL CARÁCTER CON EL CUAL SE IMPONEN

- Penas principales: aparecen impuestas específicamente en un delito y no dependen de otras para su imposición.

- Penas accesorias: no están previstas específicamente para el delito, sino que dependen de la imposición de una pena principal. Acompañan a otras penas y su duración depende de éstas. Regulación art. 54 a 57 CP. Ej: art. 55 CP.

CAMPO DE TRABAJO DE UN LABORATORISTA EN LA MEDICINA LEGAL

Un tecnico laboratorista puede ayudar en un caso de investigacion con ayda de la huellas dactilares,apoyar a la toma de muestra para una investigacion  en la hematologia forense para determinar el ADN de la victima y el victimario con ayuda de un equipo especializado para este caso

RAMAS DE LA MEDICINA LEGAL

HEMATOLOGIA FORENSE
Rama de la Medicina que ayuda a individualizar diferentes tejidos y permite determinar los grupos y subgrupos sanguíneos; al igual que la genética, los estudios que requieren deben ser realizados por químicos, pero interpretados por médicos.

Revisa todo lo vinculado a la sangre, su estructura, los grupos, tipos, subtipos, si se trata de sangre humana o proviene ésta de animales. Se utiliza para la investigación de la paternidad, los problemas médico-legales entre los grupos sanguíneos y la herencia, etc. Las manchas de sangre y su constatación tienen importancia en los delitos de violación y en los atentados sexuales en general. Se aplica a los métodos de investigación de las manchas de sangre, sus técnicas, procedimientos químicos.
Toxicología forense es la rama de toxicología que estudia los métodos de investigación médico-legal en los casos de envenenamiento y muerte. Muchas sustancias tóxicas no generan ninguna lesión característica, de tal manera que si se sospecha alguna reacción tóxica, la investigación visual no sería del todo suficiente para llegar a una conclusión.
Un toxicólogo forense debe considerar el contexto de la investigación, particularmente cualquier síntoma físico que se haya presentado, y cualquier otro tipo de evidencia recolectado en la escena del crimen que pueda ayudar al esclarecimiento del mismo, tales como recipientes con medicamentos, polvos, residuos y otras sustancias químicas disponibles. Con dicha información y con las muestras de evidencia, el toxicólogo forense debe entonces determinar cuales sustancias tóxicas están presentes en ellas, bajo que concentraciones, y cual serían los efectos de dichas sustancias en el organismo humano.



RELACIÓN DE LA MEDICINA LEGAL CON EL PROCEDIMIENTO PENAL


Cuando se lesiona a una persona y se interpone una denuncia y/o querella, el dictamen médico sirve para determinar el tipo de lesiones que sufre el ofendido o agraviado y así determinar que juez tiene que conocer del proceso, esto es, si son lesiones que si ponen en peligro la vida y tardan en sanar más de quince días, o bien dejan alguna cicatriz permanente y visible en cara, cuello o pabellón auricular o alguna disminución en alguna función de la persona o perdida de algún miembro, debe conocer el juez de partido y por el contrario, si se determina por el médico legista que las lesiones no ponen en peligro la vida y tardan en sanar mas o menos quince días conoce o debe conocer un juez menor y del tipo de lesiones dependerá si se gira una orden de aprehensión o de comparecencia y en caso dado de ser de aprehensión si éste (inculpado, acusado) alcanza fianza o no;
incluso tratándose de lesiones que ponen en peligro la vida, si estas se cometen de manera dolosa pueden encuadrar debido a su gravedad e intensión en un delito de homicidio en grado de tentativa, por eso es importante la medicina legal en el proceso legal pues coadyuva aportando elementos para encuadrar la conducta realizada por un sujeto activo en uno u otro delito.

sábado, 16 de marzo de 2013

FUNCIONES DE LOS MÉDICOS LEGISTAS:




1.    Representa la primera fuerza de Trabajo dentro del SEMEFO.
2.    Tendrá las siguientes  funciones:
Elaboración de  práctica de autopsias, exámenes y documentos Médico legales. Todos deberán de estar respaldados por una solicitud u Oficio previos con sus numéricos y firma correspondientes.
a. --Practica  de Necropsia Médico Legal.
Requisitos necesarios:
Oficio girado por Autoridad correspondiente. En el entendido de que si los Oficios no han sido enviados por la dicha autoridad no deberá practicarse la necropsia recordándose que tienen 24 hrs posteriores a la práctica de la misma para entregar dicho documento.
Averiguación previa del caso.
La elaboración del Reconocimiento y Dictamen de Necropsia. ordenamientos previsto en el Artículo 177 y 235 del Código de Procedimientos Penales  vigente en el Estado de B.C.
Se utilizará el formato preestablecido.
Aún no hay Normatización de éste Documento Médico Legal.
Solo recordando los objetivos que deberá de tener la práctica de la Necropsia son:
    1. – Precisar el tipo, mecanismo y causa de la Muerte.
    2. –Establecer razones con causales  preexistentes, simultaneas y sobrevinientes.
    3. –Contribuir al intervalo post-mortem.
    4. –Aportar datos complementarios o circunstanciales.
    5. –Contribuir a la identidad de un cadáver no identificado.
    6. –Realizar investigaciones retrospectivas.
    7. –Apoyar a la estadística Epidemiológica y de Mortalidad particularmente de causa violenta.
    8. . –Coadyuvar en las medidas de prevención de muertes violentas ya sea de índole accidental, homicida o suicida.

Ramas de la medicina legal


  • Toxicologia forense
  • Criminología
  • Criminalistica
  • Psicología forense
  • Psiquiatria forense
  • Dactiloscopia
  • Tanatologia

Campo de estudio de la medicina legal

lunes, 4 de marzo de 2013


Disciplinas auxiliares de la medicina legal

Algunas de las disciplinas auxiliares de la medicina legal son:

    • toxicologia: se encarga de analizar las sustancias toxicas en el cuerpo humano que fueron ingeridas esto para diferentes fines
    • dactiloscopia:disciplina auxiliar que se encarga del estudio de las huellas dactilares para aclaración de casos en el derecho penal y en otras areas
    • hematologia:  Rama de la Medicina que ayuda a individualizar diferentes tejidos y permite determinar los grupos y subgrupos sanguíneos; al igual que la genética, los estudios que requieren deben ser realizados por químicos, pero interpretados por médicos.


Dactiloscopia

lunes, 25 de febrero de 2013


MEDICINA LEGAL
También llamada medicina forense, judicial o de los tribunales, pericial o criminal, etc.
Es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales.
La aplicación de la medicina a la necesidades de la ley y la justicia, o la aplicación de las ciencias médicas a lo problemas y procesos judiciales.
CONCEPTO: se llama medicina legal a la rama de la medicina que posibilita la aplicación de sus conocimientos específicos a los distintos problemas judiciales o legales.