sábado, 16 de marzo de 2013

FUNCIONES DE LOS MÉDICOS LEGISTAS:




1.    Representa la primera fuerza de Trabajo dentro del SEMEFO.
2.    Tendrá las siguientes  funciones:
Elaboración de  práctica de autopsias, exámenes y documentos Médico legales. Todos deberán de estar respaldados por una solicitud u Oficio previos con sus numéricos y firma correspondientes.
a. --Practica  de Necropsia Médico Legal.
Requisitos necesarios:
Oficio girado por Autoridad correspondiente. En el entendido de que si los Oficios no han sido enviados por la dicha autoridad no deberá practicarse la necropsia recordándose que tienen 24 hrs posteriores a la práctica de la misma para entregar dicho documento.
Averiguación previa del caso.
La elaboración del Reconocimiento y Dictamen de Necropsia. ordenamientos previsto en el Artículo 177 y 235 del Código de Procedimientos Penales  vigente en el Estado de B.C.
Se utilizará el formato preestablecido.
Aún no hay Normatización de éste Documento Médico Legal.
Solo recordando los objetivos que deberá de tener la práctica de la Necropsia son:
    1. – Precisar el tipo, mecanismo y causa de la Muerte.
    2. –Establecer razones con causales  preexistentes, simultaneas y sobrevinientes.
    3. –Contribuir al intervalo post-mortem.
    4. –Aportar datos complementarios o circunstanciales.
    5. –Contribuir a la identidad de un cadáver no identificado.
    6. –Realizar investigaciones retrospectivas.
    7. –Apoyar a la estadística Epidemiológica y de Mortalidad particularmente de causa violenta.
    8. . –Coadyuvar en las medidas de prevención de muertes violentas ya sea de índole accidental, homicida o suicida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario